La Sala II de la Càmara de Casaciòn Penal, concediò la libertad a los ex Capitanes de Navìo Alfredo Astiz y Jorge "el tigre" Acosta como asì tambien a los ex oficales de la Armada Raùl Scheller, Juan Carlos Rolòn, Jorge Radice, Raùl Gonzàlez, Ernesto Weber, Antonio Pernìas, Vìctor Cardo, Alberto Gonzàlez y Nèstor Savio.- Quienes obtuvieron la excarcelaciòn son acusados por delitos de lesa humanidad como imposiciòn de tormentos en forma reiterada, en concurso real con el delito de privaciòn ilegìtima de la libertad agravada en forma reiterada.
El fundamento de la Sala II se basa en los plazos previstos en la ley 24390, que en su art. 1, señala "...la prisiòn preventiva no podrà ser superior a dos años, cuando no se haya dictado sentencia..." no obstante cuando la complejidad de la causa o la cantidad de delitos atribuidos al procesado, hayan impedido el dictado de la misma en el plazo indicado, èste podrà prorrogarse por un año màs bajo resoluciòn fundada, que deberà comunicarse de inmediato al tribunal superior para su contralor.-
Los Camaristas Wagner Mitchell, Guillermo Yacobuccio y Luis Garcìa, interpretaron que dichos plazos deben computarse a partir del primer dìa de detenciòn.-
La situaciòn del represor Astiz, verdaderamente es alarmante.- El genocida, tiene sobre us espaldas una condena a prisiòn perpetua, dictada por un Tribunal de Francia, por la desapariciòn de las monjas francesas, Alice Domon y Leònie Duquet en1977.-
A su vez, durante muchìsimos años, los genocidas fueron beneficiados por el Poder de turno, que alentaron la impunidad, corolando con las leyes de obediencia debida y punto final, a los autores, participes, colaboradores y alentadores de crìmenes de lesa humanidad, es decir, se les garantizò a los hoy procesados por dichos delitos, el no ser trasladados a una càrcel, o lo que es màs aùn, el no someterlos jamàs a proceso alguno, aùn ante el reclamo permanente de familiares y amigos de desaparecidos por el terrorismo de Estado, y aùn ante la condena de un tribunal que no es nacional.-
Las vìctimas del Terrorismo de Estado, debieron padecer todos y cada uno de los actos desplegados por los servicios de Inteligencia, las fuerzas de seguridad, y las fuerzas armadas, que contaron con la colaboraciòn inclusive de grupos de particulares como tambien por parte de funcionarios judiciales acomodados con ese tipo de "poder" e inclusive, con el conformismo de parte de la Sociedad, ante el consabido "algo habràn hecho"...largos años de destrucciòn humana, cultural, ideològica, social, econòmica, que se desarrollò en la Argentina, con un gobierno de facto que utilizò como herramienta de dominaciòn, todo un aparato de terror y exterminio sistèmico.-
Las vìctimas del terrorismo de Estado al regreso de la Democracia, debieron seguir esperando o ver postergado su ideal de justicia, de someter a proceso a los autores y partìcipes de èstos delitos, por que la voluntad de algunos legisladores, le dijeron "no" rotundo al derecho a la vida, la dignidad, a la identidad, las libertades, etc, cuando quisieron poner broche de oro, a la macabra tarea de èstos autores, tratando de "legalizar" la impunidad durante largos años.-
En tanto las vìctimas del terrorismo de Estado, seguìan padeciendo, la ausencia de ley, y de justicia, ante sus reclamos por muchos años, los genocidas, gozaban de una libertad privilegiada, y muchos de ellos ocupando en plena democracia cargos y frondosos sueldos en el Estado.-
Fuè sin dudas una larga lucha y el resultado de un frondozo proceso, la derogacion de las leyes que avalaban a los crimenes mencionados, para llevar a juicio a sus autores.-
Durante muchìsimos años, personas de nuestro paìs, que fueron secuestradas, torturadas vejadas, con desconocimiento hasta la actualidad de donde estaran sus familiares, como ser esposos, esposas, abuelos, nietos, hijos, amigos, etc, debieron sufrir la larga espera y todo lo que ello significa, para dar finalmente una respuesta de justicia, durante tanto tiempo esperada, postergaday oculta en nuestro paìs, llevandose finalmente a juicio a los genocidas que un dìa decidieron sobre la vida de los demàs, por el solo hecho de pensar distinto.-
Las madres, que ayer, durante el apogeo de los dictadores, daban vueltas en la Plaza incansablemente buscando a sus hijos, buscando desde esos tiempos ya la justicia en nuestro paìs, hoy con sus pelos canos, siguen en ese justo y digno reclamo.-
La abuelas, que incansablemente a lo largo de los años, persiguieron el valor justicia, que sòlo se ve reflejado, em los rostros de sus nietos encontrados, que hoy dia a dia, van recuperando su identidad.- Los hijos, que reclaman la apariciòn de sus padres, y que solamente en su rostros ven reflejados el valor justicia, y con justa razòn....
Muchos años de espera, para comenzar a caminar por las vìas legales, en la bùsqueda de una respuesta...muchìsimos años en la busqueda de justicia...mucho màs de dos....o de tres...con todas sus pròrrogas, años que ya lleva de espera generacìon tras generaciòn. abuelas, madres, hijos, nietos....
La respuesta a la justicia esperada durante tantos años ( mas de dos o de tres) comenzaba a vislumbrar con la derogacion de las leyes de la impunidad y la sustanciaciòn de juicios por la verdad.-
Pero, las chicanas judiciales, el poder polìtico nefasto, la complicidad de un Poder Judicial, que aparece ciego, o al menos interpreta la ley con un sòlo ojo, apareciò nuevamente.-
Parece ser, demasiado injusto, tener en prisiòn a un procesado por màs de dos años o de tres sin sentencia firme...verdaderamente lo es, ya que la lentitud en la justicia, hace peligrar la seguridad juridica y con ello todas sus garantìas.-
Pero tampoco hay que olvidar, la responsabilidad que pueden tener aquellos funcionarios que a travès de artimañas juridicas, pueden dilatar el proceso, buscando como ùnica alternatividad, el vencimiento del plazo establecido por la ley 24.390, a los fines de poder ser excarcelados.-
Es verdad, que cuando el dictado de una sentencia se demora, hace peligrar el valor justicia....pues en el caso de las vìctimas del terrorismo de Estado, fueron muchisimos años de demora de justicia, muchos mas de dos o de tres, es decir, los tiempos señalados por la ley 24390.
Ya lo vemos...CUANDO LA JUSTICIA ES LENTA...NO HAY JUSTICIA!!!
Dicha lentitud, hoy es argumentada por la Sala II de la Camara de Casaciòn Penal, para tratar de liberar, una vez màs ( y van...) a los genocidas sistemàticos...pero la Sala II habla de una lentitud mas alla de los dos o tres años, en el dictado de una sentencia...pero nada se dice, con respecto a las decadas de espera de justicia por parte de aquellos damnificados por el terror estatal...evidentemente,cuando la justicia es lenta...no hay justicia..los que màs esperan y fueron victimas, quedan al desamparo, en tanto los imputados, quedan amparados y gozan de la libertad, màs allà de todo el libertinaje ejercido en tanto gozaban del poder de facto.-
Pero`esta gran bùsqueda por la justicia, o mejor dicho, èsta gran lucha por la justicia, sigue su cauce.-
Ya que el art. 3 de la ley 24390, establece que : " el Ministerio Pùblico Fiscal, puede oponerse a èsta libertad, del imputado, por la especial gravedad del delito que le fuera atribuìdo, o cuando entendiera que existen algunas de las circunstcnias previstas en el art. 319 del CPP o que existieron articulaciones manifiestamente dilatorias por parte de la defensa..." a su vez, la propia ley otorga efecto suspensivo a la medida de libertad adoptada por el Tribunal, es decir, la no efectivizaciòn de la libertad, hasta tanto el maximo tribunal resuelva.-
En tanto el Fiscal Raùl Plèe, pidio la suspensiòn del tràmite, anticipando de esta forma, su aplelaciòn al fallo.-
Sin lugar a dudas, dentro del Poder Judicial, continùan existiendo elementos de la dictadura.-Desde aquì repudiamos lo desicido por la Sala II de la Càmara Nacional de Casaciòn Penal.-